Condenan a Paterna a pagar 55.00 euros por tramitar mal un PAI en 1999
Paterna asumió el pago de 550.000 euros al propietario de un suelo por tramitar de forma inadecuada un PAI de 1999 y llevado a cabo en el sector 7, en el barrio de Bovalar. Una sentencia del tribunal estimó el recurso de casación de un afectado que no había sido notificado en la tramitación de la programación urbanística de los terrenos, además de que el PAI se aprobó fuera del orden del día y sin la adecuada motivación de la urgencia.
El litigio se ha prolongado casi 15 años, después de que el pleno desestimara el recurso de reposición del afectado contra la adjudicación del agente urbanizador y después de que la Justicia diera la razón al consistorio. El afectado llevó el PAI al Supremo, que en 2008 declaró nulo y contrario al derecho el acuerdo plenario. El Supremo concluye que debió producirse una notificación formal al propietario diferente al mero aviso previsto en la legislación urbanística valenciana.
Ref.: Levante 25.09.2014